ECOBOLSA - ¿Y si se controlan más las criptos en la Renta? Un 30% de los españoles no invertiría

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15/03/2022 12:49:50

¿Y si se controlan más las criptos en la Renta? Un 30% de los españoles no invertiría

Algo que caracteriza actualmente el mercado de las criptomonedas y los tokens no fungibles (NFT por sus siglas en inglés) es la desregularización que presentan. Sin embargo, tal y como informan desde TaxScouts, se prevé que en 2024 comience a aplicarse en la Unión Europea la Propuesta de Regulación de Mercados de Criptoactivos y que, en 2022, se lleve a cabo el objetivo de Hacienda de darle una mayor vigilancia. Como consecuencia, este control más exhaustivo podría provocar que el 30% de los españoles deje de invertir en criptomonedas.

¿Y si se controlan más las criptos en la Renta? Un 30% de los españoles no invertiría

En una encuesta realizada por TaxScouts se revela, además, que a pesar de que aproximadamente 4,4 millones de españoles han invertido o invierten activamente en criptomonedas, el 54% no las tienen en cuenta a la hora de realizar su declaración de la renta y el 15% de ellos querría incluirlas en su declaración de impuestos, pero no sabe cómo hacerlo por la falta de claridad en la legislación.

Además, el 56% de los españoles creen que las criptomonedas se deberían declarar en el país donde se encuentra el inversor. Ante este contexto y el inicio de la campaña este 6 de abril, en la que se declaran las ganancias o pérdidas obtenidas por la venta de criptomonedas del 1 de enero al 31 de diciembre, los asesores fiscales de TaxScouts recuerdan a los españoles las principales claves a tener en cuenta en relación con las criptomonedas para la Declaración de la Renta de 2022:

1. La compra de criptomonedas no implica la obligación de declararlas en la Renta. Solamente se deben declarar cuando se transmiten, o si se tienen en un monedero virtual que genere intereses o rendimientos. Si las criptomonedas no generan rendimientos o no se realiza ningún movimiento, no hay que tributar, ya que no hay ganancias ni pérdidas.

2. Las operaciones de transmisión o intercambio de criptomonedas se deben incluir en la casilla 389 de la Declaración de la Renta.

3. Los rendimientos obtenidos por staking, farm yield o los intereses de monederos virtuales, se declaran en el apartado de rendimientos del capital mobiliario.

4. Las pérdidas en la venta de criptomonedas podrán compensarse hasta el 25%.

5. El minado de criptomonedas implica darse de alta como autónomo y cumplir con las obligaciones que se aplican a este tipo de trabajadores.

6. Se recomienda presentar el modelo 720 en el caso de que el valor de las criptomonedas (o la suma de criptomonedas con fondos o valores depositados en entidades financieras situadas en el extranjero) supere los 50.000 euros.

7. En el caso de estar obligado a declarar el impuesto del patrimonio, se deberá incluir el valor de las criptomonedas en el momento de la declaración del impuesto y pagar según el tipo aplicable.


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