ECOBOLSA - Hacienda ampliará el control de operadores extranjeros que venden en comercios online

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29/02/2024 12:40:13

Hacienda ampliará el control de operadores extranjeros que venden en comercios online

La Agencia Tributaria ha dado a conocer las directrices generales del Plan de Control Tributario 2024 publicadas en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Entre las iniciativas se encuentra la ampliación este año del control sobre los operadores extranjeros que venden sus productos en España a través de plataformas de comercio electrónico.

Hacienda ampliará el control de operadores extranjeros que venden en comercios online

Como explican en un comunicado, los operadores objeto de este refuerzo del control se registran formalmente en España y son sujetos pasivos de IVA por las ventas que realizan a consumidores finales en nuestro país, pero no están establecidos en territorio español, de manera que son ellos en estos casos, y no las plataformas, quienes deben declarar e ingresar el impuesto.

Sin embargo, su no localización efectiva en España dificulta la comprobación de la correcta tributación de sus ventas. Para ampliar este control, y además de la nueva obligación informativa de las propias plataformas digitales, resultará de especial utilidad el flujo de información sobre pagos transfronterizos a través de proveedores de servicios de pago.

Pero mientras se concreta el intercambio internacional de toda esta información, la Agencia pondrá en práctica un plan que incluye la revisión censal de los vendedores extranjeros para comprobar el cumplimiento formal de sus obligaciones, contrastes entre los volúmenes importados y las cifras declaradas en Aduana por paquetería, requerimientos internacionales específicos y selección de operadores concretos para comprobaciones inspectoras.

A su vez, la Agencia reforzará sus acciones de control relacionadas con el ámbito de la economía digital y los nuevos modelos de negocio.

En este mismo contexto, se intensificarán los controles sobre los denominados neobancos, entidades de pago electrónico y demás sistemas de pago virtual que habitualmente están registradas correctamente en la UE, pero que pueden realizar servicios financieros digitales en España, sin tener presencia física alguna y al margen de las obligaciones de suministro de información de pagos por medio de tarjeta de débito y crédito, lo que podría implicar esquemas de elusión o fraude por parte de quienes utilizan sus servicios de cobro.

Por otra parte, este año se hará efectivo el compromiso adquirido por la Agencia en el marco del Código de Buenas Prácticas de Profesionales Tributarios de establecer una cita especializada para los profesionales adheridos al código.


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