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23/08/2021 18:53:36

El Gobierno aprobará este martes la reforma pactada de las pensiones

El Gobierno ha previsto aprobar en el Consejo de Ministros de este martes el proyecto de ley con las primeras medidas para la reforma del sistema público de las jubilaciones, que será remitido al Congreso para iniciar su tramitación parlamentaria.

El Gobierno aprobará este martes la reforma pactada de las pensiones

Se suprimirá los aspectos más polémicos de la reforma aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy en 2013: el índice de revalorización de las pensiones (IRP), que limitaba su subida anual a un 0,25% en situaciones de déficit, y el llamado factor de sostenibilidad, que será reemplazado por un nuevo mecanismo de equidad intergeneracional.

Asimismo, introducirá incentivos para retrasar la jubilación de forma voluntaria y revisará el modelo de subsidios anticipadas con el fin de acercar la edad efectiva de retiro a la edad legal.

Estas medidas, acordadas con los sindicatos CCOO y UGT y las patronales CEOE y Cepyme a partir de las recomendaciones del Pacto de Toledo, ya fueron aprobadas como anteproyecto de ley en el Consejo de Ministros del pasado 6 de julio.

Ahora, la previsión consitirá que el primer Consejo de Ministros tras el parón estival apruebe estas medidas como proyecto de ley para iniciar su tramitación en las Cortes, según han informado a Europa Press fuentes del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

A LA ESPERA DEL FACTOR DE EQUIDAD INTERGENERACIONAL

Se trata de la primera pata de la reforma de pensiones que el Gobierno ha comprometido con Bruselas en el componente 30 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y el Gobierno ya ha avanzado su intención de ampliarla con más medidas durante su tramitación parlamentaria.

Como ha sido el caso, por ejemplo, del nuevo factor de equidad intergeneracional, para el que el Estado y los agentes sociales se han dado de plazo para negociarlo hasta el 15 de noviembre. Este nuevo mecanismo, que operará a partir de 2027, se incluirá en el proyecto de ley a través de una enmienda de los grupos que respaldan al Ejecutivo.

En caso de no alcanzarse un acuerdo en el marco del diálogo social, el Ejecutivo regulará el mecanismo para que pueda estar definido en el momento de la entrada en vigor de la reforma.

JUBILACIONES ANTICIPADAS

Entre las medidas dirigidas a retrasar la edad de jubilación, se establece que en el caso de la jubilación anticipada voluntaria los coeficientes reductores de la pensión deben pasar a ser mensuales, no trimestrales, y solamente haya períodos transitorios de aplicación de los mismos en el caso de las pensiones máximas.

En la mayoría de los casos estos coeficientes serán más bajos que los actualmente vigentes a cambio de retrasar el anticipo de la jubilación dos meses.

Los nuevos coeficientes reductores incluidos en esta reforma se aplicarán sobre la cuantía de la pensión, y siempre respetando la limitación máxima. Cuando la jubilación haya superado el límite establecido para el importe de dichos subsidios, los coeficientes reductores se aplicarán de manera gradual, en un plazo de diez años, a contar desde el 1 de enero de 2024.

Por otro lado, en los dos años inmediatamente anteriores a la edad de jubilación ordinaria, se pasarán a aplicar en determinación de la pensión anticipada involuntaria los mismos coeficientes que en la modalidad voluntaria en aquellos supuestos en los que el nuevo coeficiente es más favorable que el que había hasta ahora.

Respecto a las consideradas como anticipadas por razón de actividad, se modificará el procedimiento de solicitud y se precisarán más detalles de la peligrosidad y penosidad.

INCENTIVOS PARA RETRASAR LA JUBILACIÓN

Asimismo, se establece la exoneración de cotizar por contingencias comunes a partir del cumplimiento de la edad de jubilación que corresponda a un trabajador y, por cada año de retraso, se podrá bien obtener un porcentaje adicional del 4%, una cantidad a tanto alzada en función de la cuantía de la pensión o una combinación de ambas.

Para el retiro activo se exigirá como condición para acceder al mismo al menos un año desde el cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación. Esta modalidad se revisará en el mercado del diálogo social en un plazo máximo de 12 meses.

Con el fin de favorecer la permanencia en el mercado laboral de trabajadores de más edad, se establecerá una reducción del 75% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes durante la situación de incapacidad temporal de los trabajadores que hayan cumplido 62 años.

PROHIBICIÓN DE CLÁUSULAS DE JUBILACIÓN FORZOSA

También se prohíbiran cláusulas de jubilación forzosa para trabajadores de menos de 68 años a partir de la entrada en vigor de la reforma. En los convenios suscritos con anterioridad, estas estipulaciones podrían ser aplicadas hasta tres años después de la finalización de la vigencia inicial pactada para el convenio.

Además, si se establecierán dichas directrices en los convenios, las empresas deberán contratar como mínimo a tiempo completo y de manera indefinida a un trabajador por cada jubilado forzoso.

Excepcionalmente, el límite de edad establecido, que se sitúa por menos de 68 años, podría rebajarse hasta la edad legal ordinaria de jubilación cuando la tasa de ocupación de las trabajadoras en las actividades económicas del ámbito funcional del convenio sea inferior al 15% de las personas ocupadas y siempre que se cumplan varios requisitos, entre ellos la contratación simultánea de al menos una mujer de manera indefinida y a tiempo completo.

GASTOS IMPROPIOS

El texto también expondrá la culminación del proceso de separación de fuentes de la Seguridad Social a lo largo de la legislatura.

Sobre los autónomos, el nuevo sistema de cotización por ingresos reales se incluirá en una norma intermedia, aunque el compromiso se apruebe antes del segundo trimestre de 2022.

El texto prevé la creación de la Agencia Estatal de Seguridad Social en un plazo de seis meses y abordará la revisión del marco regulador de las pensiones de viudedad de las parejas de hecho para equiparar sus condiciones de acceso a las de los matrimonios.

Además, la cláusula de salvaguarda se mantendrá en su regulación actual con carácter indefinido y, en un máximo de tres meses, se desarrollará un reglamento para la inclusión en la Seguridad Social de los becarios, aunque no tengan remuneración.


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