ECOBOLSA - La CNMC no aprecia distorsiones a la competencia en la contratación entre sociedades del Grupo Aena

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26/12/2025 16:15:00

La CNMC no aprecia distorsiones a la competencia en la contratación entre sociedades del Grupo Aena

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha emitido un informe en el que concluye que no aprecia, "a priori", distorsiones a la competencia en la contratación entre sociedades del Grupo Aena.

La CNMC no aprecia distorsiones a la competencia en la contratación entre sociedades del Grupo Aena

En este sentido, el organismo supervisor se ha centrado en los contratos intragrupo para prestar servicios de acceso y uso de aparcamientos, salas VIP y servicios "Fast". En ambos casos, la matriz Aena prestará ciertos servicios en los aeropuertos de la red de Aena para los empleados de sus filiales Aeropuerto Internacional de la Región de Murcia (Ascairm) y en la filial Aena Desarrollo Internacional (ADI).

Así, la CNMC ha expresado que "no se aprecian, a priori, distorsiones a la competencia en el sentido previsto en el artículo 321.6 de la LCSP", en cuanto " a la contraprestación entre la matriz Aena y las filiales ADI y Ascairm se acota a actividades con la suficiente delimitación, sin que aparentemente exista expansión a otras actividades conexas".

Además, ha informado que "no hay indicios de que los precios de este contrato no sean de mercado" y que "se han eliminado las cláusulas de cesión y subcontratación previstas inicialmente".

Competencia ha detallado que Aena es una sociedad anónima controlada mayoritariamente por la entidad pública empresarial Enaire (51%) que centra su actividad en la prestación de servicios aeronáuticos.

"Aena es la matriz del Grupo Aena y posee, entre otras, una participación del 100% en la filial Aena, Sociedad Concesionaria del Aeropuerto Internacional de la Región de Murcia (Ascairm) y en la filial Aena Desarrollo Internacional (ADI)".

Las sociedades del Grupo Aena pertenecen al sector público, por lo que sus contratos deben respetar los principios generales de la contratación pública: publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación.

Desde 2021, la Ley de Contratos del Sector Público permite que las entidades del mismo grupo puedan adjudicarse contratos directamente siempre que cumplan ciertos requisitos, entre ellos no alterar las condiciones de competencia en el mercado.

Para garantizar este objetivo, es obligatorio que, antes de que el contrato entre en vigor, se remita a la CNMC una solicitud de valoración sobre su impacto en la competencia. Este informe no prejuzga otras actuaciones futuras en el ejercicio de las funciones de supervisión y sanción de la CNMC.


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