ECOBOLSA - Casos en los que el banco no puede cobrar comisiones y a qué entidad irse si lo hace

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08/02/2021 09:36:28

Casos en los que el banco no puede cobrar comisiones y a qué entidad irse si lo hace

Cada vez son más los bancos que anuncian que endurecen sus requisitos para eximir a sus clientes de pagar comisiones. Pero, cuidado, porque hay situaciones en las que las entidades no pueden cambiar las condiciones del contrato, con lo que no podrían llevar a cabo estas modificaciones. Aún así, puede haber usuarios a los que su banco sí esté en disposición de exigirle más. En ese caso, hay otras entidades con productos interesantes a los que pueden cambiarse.

Casos en los que el banco no puede cobrar comisiones y a qué entidad irse si lo hace

Las asociaciones y organismos de consumo han notado un aumento de quejas en los últimos meses. En parte, porque algunos clientes estaban empezando a sufrir una subida de comisiones en cuentas que se publicitaban destacado la ausencia de ellas. Ante esto, el Ministerio de Consumo y las CCAA acordaron unificar los criterios a la hora de considerar injustificada la modificación de las condiciones. "Como cliente puedes exigir el cumplimiento del contenido de la oferta comercial de tu cuenta si esta contenía expresiones como sin gastos o cero comisiones interponiendo una reclamación", explican desde el comparador financiero HelpMyCash.

La normativa vigente detalla que para que una entidad financiera pueda llevar a cabo una modificación unilateral de las condiciones del contrato es necesario que se cumplan tres requisitos: el contrato debe prever la posibilidad de dicha modificación unilateral, el banco tiene que tener una razón válida y hay que informar al usuario en el plazo más breve posible. Eso sí, aunque la entidad bancaria pueda haber llevado a cabo una modificación del contrato, prevalece el derecho del consumidor, con lo que si se cumple lo anterior, el cliente tiene derecho a finalizar el contrato de forma inmediata y sin ninguna penalización.

Además, los clientes a los que se les haya modificado de forma unilateral las condiciones de sus contratos pueden reclamar tanto ante la autoridad de Consumo competente de sus CCAA como ante el Servicio de Atención al Cliente de su propio banco.

¿CUENTAS CON VENTAJAS Y REMUNERADAS?

El mercado financiero está lleno de ofertas para aquellos que se encuentren en la situación en la que ya no quieran pertenecer a su entidad. Desde cuentas que remuneran un determinado porcentaje hasta las que ofrecen algunas ventajas simplemente por domiciliar la nómina.

Por ejemplo, Bankinter da una rentabilidad del 5% TAE durante el primer año y del 2% el segundo año, con un máximo de 5.000 euros, por domiciliar una nómina de al menos 800 euros, tres recibos al trimestre y usar la tarjeta asociada tres veces al trimestre. Openbank, el banco online de Santander, tiene algo parecido. Remunera con un 5% TIN (2,66% TAE) durante seis meses, con un importe máximo de 5.000 euros, a quienes domicilien una nómina o pensión de un mínimo de 90 0euros. Además, la cuenta bonifica el 1% de los recibos.

Por su parte, Banco Mediolanum ofrece hasta un 2% TIN (1,41% TAE) para saldos de un mínimo de 5.000 euros y hasta un máximo de 10.000 euros. A cambio exige domiciliar una nómina o pensión de cualquier importe y mantener 25.000 euros en algún producto comercializado por la entidad. Si se cumple con estos requisitos y se domicilian tres 3 recibos mensuales, la entidad bonifica devolviendo el 1% con un máximo de 10 euros al mes.

Las cuentas online también suponen un ahorro en comisiones si las comparamos con las cuentas tradicionales. La mayoría de los bancos ya ofrecen este servicio y prácticamente ninguna exige que los clientes cumplan con algún requisito para disfrutar de sus ventajas y esquivar las comisiones.


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