ECOBOLSA - Calama rechaza la imposición de medidas cautelares para Zapatero solicitadas por la Fiscalía

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17/06/2026 14:43:39

Calama rechaza la imposición de medidas cautelares para Zapatero solicitadas por la Fiscalía

El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha rechazado la imposición de medidas cautelares que habían sido solicitadas por la Fiscalía y las acusaciones populares para el expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero.

Calama rechaza la imposición de medidas cautelares para Zapatero solicitadas por la Fiscalía

Según explica Calama en su auto, la adopción de una medida cautelar exige siempre un juicio especialmente riguroso porque supone una restricción anticipada de derechos fundamentales que solo puede justificarse si concurren indicios de criminalidad y un riesgo procesal acreditado.

Este miércoles, tras la declaración de Zapatero como investigado por el caso Plus Ultra, la Fiscalía Anticorrupción había solicitado la comparecencia quincenal ante el juzgado, la retirada del pasaporte y la prohibición de salida del territorio nacional, una petición a la que la acusación popular unificada se había adherido. En el caso de Vox o Hazte oír, habían solicitado la prisión provisional.

"La declaración del investigado no ha logrado desvirtuar los indicios racionales de criminalidad expuestos en el auto de imputación y que derivan de diversas y distintas fuentes de prueba", señala el juez.

Entre ellas, destaca el contenido de los dispositivos intervenidos en las distintas entradas y registros autorizados en esta causa, así como la trazabilidad de diversas transferencias entre las cuentas bancarias de Zapatero en relación con fondos procedentes de la ayuda pública concedida a Plus Ultra, así como la utilización de múltiples sociedades mercantiles indiciariamente instrumentales para canalizar estos pagos.

"A esos indicios se une el análisis preliminar del contenido del dispositivo puesto a disposición de la jurisdicción española por las autoridades judiciales de EEUU y el hallazgo en su oficina de piezas de joyería cuyo valor supera 1.300.000 euros, de las que, a día de hoy, no se ha acreditado su origen ni su correspondiente liquidación tributaria y aduanera", añade el juez.

Frente a esto, el magistrado asegura tener en cuenta que Zapatero es una persona de pública notoriedad, una circunstancia "que dificulta de manera evidente que pueda situarse en una posición de ilocalización o sustraerse discretamente al procedimiento".

"Su visibilidad pública y manifiesto arraigo en el territorio, unidos a la ausencia de cualquier indicio de intención evasiva, excluyen razonablemente la existencia de un riesgo de fuga real y actual", advierte.

Además, considera que tampoco se aprecia el riesgo de ocultación o destrucción de fuentes de prueba que sustentaría la adopción de una medida cautelar, pues cree que los elementos relevantes de la causa ya han sido intervenidos y la instrucción judicial no depende de actuaciones que el investigado pudiera obstaculizar.

En este contexto, la imposición de comparecencias apud acta o la retención del pasaporte con prohibición de salida del territorio nacional "no resulta necesaria, al no existir un riesgo procesal que requiera ser conjurado mediante tales medidas. Su adopción supondría una restricción injustificada del derecho a la libertad personal y a la libre circulación, incompatible con el principio de proporcionalidad y con la prohibición de configurar las medidas cautelares como una pena anticipada", concluye.


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