ECOBOLSA - Aviso a los minoritarios de Sabadell: la OPA no puede acogerse al régimen de neutralidad fiscal

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30/06/2025 12:44:17

Aviso a los minoritarios de Sabadell: la OPA no puede acogerse al régimen de neutralidad fiscal

La Asociación de Accionistas Minoritarios de Banco Sabadell informa de que la Dirección General de Tributos (DGT), en respuesta a la consulta vinculante presentada, ha concluido que la OPA lanzada por BBVA sobre Banco Sabadell no puede acogerse al régimen fiscal especial de canje de valores con neutralidad fiscal previsto en la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

Aviso a los minoritarios de Sabadell: la OPA no puede acogerse al régimen de neutralidad fiscal

En consecuencia, los accionistas de Banco Sabadell que aceptasen la oferta deberían tributar por la ganancia patrimonial generada, aplicando el régimen general del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (o del Impuesto sobre Sociedades en caso de tratarse de personas jurídicas).

La plusvalía se calculará como la diferencia entre el valor de mercado de lo recibido (acciones de BBVA más la compensación en efectivo) y el valor de adquisición de las acciones de Sabadell transmitidas.

La consulta elevada por la Asociación a la DGT solicitaba aclarar si la operación planteada -en los términos hechos públicos por BBVA- podría beneficiarse del régimen de neutralidad fiscal establecido en el artículo 76.5 de la Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades.

Según la descripción comunicada al mercado y trasladada a la Administración, la oferta de BBVA está estructurada como una permuta: los accionistas de Banco Sabadell entregarían un número determinado de sus acciones a cambio de recibir una acción de nueva emisión de BBVA y un pago en efectivo adicional. Este pago en efectivo está previsto como un mecanismo de ajuste para compensar eventuales dividendos abonados por BBVA o Sabadell antes de la liquidación de la OPA.

No obstante, la propia documentación indica que la parte en efectivo de la contraprestación supondría aproximadamente un 59% del valor nominal de la nueva acción de BBVA. La normativa fiscal limita la compensación dineraria admisible para acogerse al régimen especial al 10% del valor nominal (o equivalente contable) de las acciones atribuidas. La DGT considera que la oferta excede este umbral y, por tanto, no reúne los requisitos para beneficiarse de la neutralidad fiscal.

La Asociación de Accionistas Minoritarios de Banco Sabadell considera que esta respuesta oficial, de carácter vinculante, aporta la claridad necesaria sobre el impacto fiscal que tendrá para los accionistas la aceptación de la OPA y subraya la importancia de evaluar con rigor sus implicaciones antes de tomar decisiones de inversión.


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