ECOBOLSA - El Estado deberá pagar a los Franco los gastos de conservación de Meirás desde 1975

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12/02/2021 13:17:14

El Estado deberá pagar a los Franco los gastos de conservación de Meirás desde 1975

La Audiencia Provincial de A Coruña ha declarado que el Pazo de Meirás y las fincas incluidas en el recinto son propiedad del Estado. Se ha pronunciado así tras el recurso presentado por los herederos de Franco, aunque ha reconocido su derecho a ser resarcidos por los gastos en los que incurrieron desde 1975, tras la muerte del dictador, para conservar el edificio y sus obras.

El Estado deberá pagar a los Franco los gastos de conservación de Meirás desde 1975

La sección tercera de la Audiencia Provincial ha fallado contra la familia Franco, que presentó un recurso de apelación en el que reclamaba mantener la titularidad de la propiedad, ratificando que Meirás es propiedad pública, como decretó el Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña el pasado mes de septiembre. Por ello, condena a los herederos a desalojar esas propiedades "dejándolas libres y a disposición del Estado español, con liquidación de los gastos útiles y necesarios".

Eso sí, los magistrados de la sala descartan que haya habido "mala fe" de los Franco en la posesión del pazo, pues nunca fueron requeridos por la Administración para que lo entregasen y "llevan más de cuatro décadas utilizándolo de forma pública, pacífica, ininterrumpida y en concepto de dueños".

Por eso, aunque dictamina que deben devolver este inmueble al Estado, también concluye que los herederos de Franco tienen derecho a una compensación por los gastos que les ha supuesto mantener el pazo y las obras que en él se guardaban desde hace cuatro décadas. Y es que la sentencia de la Audiencia considera acreditado que los herederos realizaron "múltiples obras de rehabilitación y mantenimiento" y que, tras el incendio que destrozó parcialmente la propiedad en 1978, ejecutaron "múltiples reparaciones".

Así las cosas, los jueces ven "obvio" que si el Pazo de Meirás hubiese estado abandonado durante cuarenta y cinco años "su estado actual sería ruinoso". La cantidad que deberá abonar el Estado a la familia por esos gastos durante las últimas cuatro décadas se definirá en la fase de ejecución de la sentencia.


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