Así serán las nuevas salidas a bolsa de BME: 24 meses para obtener un free float del 10%
Salir a bolsa es una de las decisiones más relevantes para una empresa, pero, como todo en esta vida tiene sus riesgos. Esto es especialmente cierto en los últimos tiempos, donde la incertidumbre geopolítica ha ganado más protagonismo del deseable. Por ello, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y Bolsas y Mercados Españoles (BME) han diseñado una nueva modalidad de salidas a bolsa que flexibilizará el actual sistema, favoreciendo así el acceso de las compañías al mercado.

El nuevo segmento, llamado "BME Easy Access", permitirá la admisión directa de las acciones en los mercados regulados sin la exigencia de colocar en el mercado un porcentaje mínimo del capital (free float) con carácter previo a la emisión.
"De este modo, el proceso de salida a bolsa quedaría separado de las circunstancias macroeconómicas y de liquidez de los mercados, lo que favorecería la planificación de las empresas y evita el riesgo de que circunstancias ajenas a la compañía frustren la salida a bolsa", apuntan BME y CNMV en un comunicado conjunto.
No obstante, no todo el mundo podrá participar de estas salidas. Este procedimiento no permite la negociación de minoristas, para minimizar el riesgo, y solo estará disponible para inversores profesionales, a través de la modalidad de bloques y con un mínimo de 100.000 euros. Una vez se obtenga la difusión suficiente, las acciones empezarán a negociarse en la modalidad de contratación general.
España se convertirá en el primer país en permitir esta nueva modalidad. Así, nuestro país se adelantaría a algunas medidas contempladas en la Listing Act aprobada por la Unión Europea (UE) para revitalizar los mercados públicos. Esta medida responde también a una de las recomendaciones del informe de la OCDE para revitalizar los mercados de capitales españoles, así como a las propuestas del Libro Blanco de BME sobre el impulso de la competitividad en estos.
Tanto CNMV como BME aseguran que hay un "interés real" en esta modalidad, ya que el 50% de las empresas que han querido dar el salto a los mercados no lo han hecho. No tanto por la normativa como porque no consiguen el precio adecuado o por la inestabilidad del mercado. Solo en España, son sobradamente conocidos los casos de Tendam o Europastry.
10% y 500 MILLONES, LAS CIFRAS MÁGICAS
Según explican ambos organismos, las empresas que quieran acogerse a esta modalidad deberán acreditar —con algunas salvedades— que su capitalización alcanza, al menos, los 500 millones de euros. Desde la CNMV señalan que este procedimiento está destinado a empresas "con cierto grado" de madurez y un gobierno corporativo desarrollado.
Cabe señalar que el supervisor no ha fijado un importe mínimo por debajo de esos 500 millones, aunque las expresiones "no deberían distar mucho" de esa cifra. Asimismo, la CNMV ha precisado que estudiará "caso por caso" cada procedimiento para tener en cuenta las circunstancias de cada compañía.
Por otro lado, las compañías no tendrán que comunicar cuál es su valor exacto, aunque sí acreditar que alcanza los 500 millones de euros con el informe de un experto independiente. Este informe podría servir como precio de referencia para salir a bolsa. No obstante, las empresas también podrán acreditar su capitalización con alguna operación financiera relevante, como la entrada de inversores ancla o una ampliación de capital, en los seis meses previos a dar el salto al mercado.
Por otro lado, las empresas interesadas en esta modalidad deben obtener un free float mínimo del 10% (frente al 25% actual) en un plazo de 18 meses. No obstante, las empresas dispondrán de seis meses extra si las condiciones de mercado no han sido las adecuadas. Una vez cumplido este plazo, las empresas se enfrenta a dos opciones: que el regulador haga una excepción, rebajando el 10% de referencia; o enfrentarse a una exclusión de cotización por incumplimiento de normas. En caso de darse una exclusión, el regulador ha precisado que los inversores profesionales no recibirán ninguna indemnización.
Asimismo, las empresas interesadas en esta modalidad se enfrentarán a todos los requisitos legales vigentes, excepto el de disponer del free float. Tras la admisión —sin cotización—, las empresas también deberán cumplir los mismos requisitos legales que las cotizadas en el mercado general.
Pese a la presentación del proyecto, todavía no está disponible. No obstante, el consejo de la CNMV podría aprobar antes de verano este nuevo procedimiento. Una vez tenga el visto bueno, podrá aplicarse.



