La Audiencia Nacional rechaza la cautelarísima sobre la consulta pública en la OPA del BBVA al Sabadell
La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha desestimado la medida cautelarísima solicitada en la que se pretendía que se suspendiera la utilización de los resultados de la consulta pública sobre la concurrencia de criterios de interés general afectados por la OPA de BBVA sobre Banco Sabadell.

Así consta en un auto de la Sala, adoptado por mayoría y que cuenta con el voto discrepante de uno de sus miembros, partidario de estimar la medida cautelar de suspensión.
La Sala, en el parecer mayoritario, tras valorar determinadas cuestiones jurídicas, deniega la medida ordenando que continúe la pieza de medidas cautelares ordinaria.
Para el tribunal, tal suspensión, "interesada con carácter de cautelarísima, carece no ya de especial urgencia, sino de virtualidad alguna de cara a la competencia ya ejercitada por el ministro de Economía conforme al art. 60 de la LDC 15/2007", dentro de las competencias propias de la Sala y que no alcanzan a revisar futuribles actos del Consejo de Ministros, ni por tanto a suspenderlos o condicionarlos.
La resolución concluye que es el Consejo de Ministros el que, en definitiva, ha de resolver, pudiendo mantener, endurecer o suavizar los compromisos planteados por la CNMC a principios de mayo, en su caso, en resolución oportunamente motivada.
"Será dentro de dicha motivación donde habrá de verse en qué medida se utiliza el resultado de la consulta pública para construir las razones de interés general distintas de la defensa de la competencia en los márgenes del art. 10 de la LDC 15/2007, pudiéndose cuestionar la misma, en su existencia y regularidad, en la eventual impugnación jurisdiccional que se haga de dicho acuerdo del Consejo de Ministros como acto que ponga fin a la vía administrativa y cuyo conocimiento, incluido el de medidas cautelares, excede de las competencias de la Sala de la Audiencia Nacional", precisa la Audiencia Nacional.
Sin olvidar, señala el auto, que la medida interesada articulada con base a una cuestionable vía de hecho viene a suponer afectar el desarrollo de la tercera fase de la operación de concentración que implica la OPA, con lo que ello supone "ya de por sí una grave perturbación de intereses generales".