Don Recuperador descubre un error en la fórmula de los contratos de tarjetas de crédito revolving
En un fallo judicial reciente, el Juzgado de Primera Instancia 2 de Teruel ha anulado un contrato de crédito revolving tras confirmarse que la Tasa Anual Equivalente (TAE) aplicada fue del 28,58% frente al 24,51% establecido en el contrato
En un fallo judicial reciente, el Juzgado de Primera Instancia 2 de Teruel ha anulado un contrato de crédito revolving tras confirmarse que la Tasa Anual Equivalente (TAE) aplicada fue del 28,58% frente al 24,51% establecido en el contrato
Esta sentencia es un resultado directo del meticuloso trabajo del despacho de abogados Don Recuperador®, especializado en reclamaciones masivas de tarjetas de crédito revolving, que ha puesto al descubierto un error sistemático en el cálculo de la TAE en los contratos de crédito, lo que promete desencadenar una ola de nuevas reclamaciones por usura contra las entidades financieras.
La sentencia del Tribunal Supremo del quince de febrero de 2023, que elevó la consideración de usura a una diferencia de 6 puntos sobre los tipos medios publicados por el Banco de España, había generado un cambio de paradigma en el sector financiero. Muchas entidades veían cómo la mayoría de sus contratos dejaban de ser considerados usurarios, según lo dictaminado por el Alto Tribunal.
Don Recuperador® había notado que la mayoría de los contratos no incluían ciertas partidas en el cálculo de la TAE aunque nunca fue necesario alegar tal práctica abusiva porque el interés remuneratorio original era usurario.
Todo cambió con la aportación profesional al equipo de este despacho de abogados de Jesús Blanco, un apasionado perito, cuya labor reveló la toxicidad de las fórmulas utilizadas en los contratos de tarjetas de crédito. Como dijo un gran matemático, "la esencia de las matemáticas no es hacer las cosas simples complicadas, sino hacer las cosas complicadas simples".
Los informes periciales presentados por Don Recuperador® demostraron que la fórmula empleada en los contratos era estática, cuando en realidad debería ser dinámica debido a la naturaleza del crédito revolving. En el caso específico de esta entidad financiera cuyo foco de negocio es la concesión de créditos online, se comprobó pericialmente que, aunque el contrato establecía una TAE del 24,51%, el consumidor había pagado realmente un 28,58%. Esta discrepancia marcó la diferencia entre perder una demanda en los tribunales y ganarla con una condena en costas.
Desde la dirección de Don Recuperador®, se muestran entusiasmados con el éxito de esta innovadora estrategia para exponer la toxicidad de los contratos de tarjetas revolving. Para ellos, esto representa una esperanza para cientos de miles de clientes que se han visto desamparados por los cambios en la jurisprudencia.
El impacto de este descubrimiento promete ser monumental, ya que no solo afecta a los contratos de esta entidad francesa con sede en Cornellá, sino que podría abrir la puerta a reclamaciones masivas contra otras entidades financieras que utilizan prácticas similares. Los consumidores, finalmente, tienen una voz más fuerte en la lucha contra la usura en el sector financiero.
Fuente Comunicae